Ante un cambio de titularidad en una licencia de apertura. ¿Quién se hace cargo de las posibles deudas?

Al hacer un cambio de titularidad de una licencia de apertura, si hubieran deudas (sea multas u otra cosa). ¿Quién se hace cargo? ¿El nuevo o el viejo titular?.

Sandra preguntó sobre Licencias urbanísticas Pregunta desde: Santa Cruz de Tenerife

Fecha: 06/10/2022

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3 respuestas

  • Maria Luisa respondió: Profesional de Certicalia

    Buen día
    El nuevo propietario adquiere la deuda del comercio o empresa que está comprando, debe exigir solvencias de todos los servicios, así como certificación de gravamen del registro, de esta forma verifica si hay deudas.
    En el documento de adquisición debe decir libre de cargas o gravámenes, de todas maneras conozco de un caso que a la persona que adquirió lo obligaron a pagar deudas anteriores a la compra, aun existiendo la aclaratoria en el documento.
    Feliz día

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  • Pedro respondió: Profesional de Certicalia

    De las deudas debe hacerse cargo el anterior titular, a no ser que en el cambio de titularidad se haga referencias de cargas que deba asumir el nuevo titular.

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  • Ricardo respondió: Profesional de Certicalia

    El nuevo titular quedará subrogado en los derechos y obligaciones del antiguo titular, y de forma expresa en lo relativo a los plazos para la adecuación del establecimiento y sus instalaciones a las normas de nueva aplicación surgidas desde el momento de concesión de la licencia de Apertura originaria y cuya efectiva realización sea exigible.

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