Consulta

Buenos días ;

Quería realizarles una consulta acerca de un contrato de arrendamiento, para que en caso de pleito me pueda contratar sus servicios.
Suscribir un contrato de arrendamiento hace tres años cuyo plazo vence el día 30 de septiembre del presente año.
No he recibido notificación del arrendador durante los últimos meses de su intención de no renovar el contrato por lo que he entendido que se renovaba un año más con las mismas condiciones.
Ahora bien veo que en el contrato se incluyó la siguiente cláusula:
“La propiedad manifiesta expresamente su voluntad de no renovar el contrato llegado este a su vencimiento una vez transcurrido como máximo tres años de duración de aquel dándose por notificado el arrendatario a todos los efectos mediante el presente pacto.”
Mi pregunta es la siguiente : ¿es válida esta cláusula o es nula de pleno derecho? No debería notificarme de forma fehaciente, más tratándose de una vivienda de residencia habitual?

Me han comentado que una cláusula no contractual no exime al arrendador de cumplir con la obligación legal y preventiva de la LAU ,que es imperativa y al no cumplirse, el arrendamiento queda renovado sin notificación fuera de plazo.

¿Prevalece la LAU frente al contrato?

Espero su respuesta con celeridad;

Muchas gracias

Carlos preguntó sobre Alquiler de inmuebles Pregunta desde: Madrid

Fecha: 06/09/2018

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