CÓMO RESOLVER RECURSO DE REPOSICIÓN

El notario que nos escrituró el otorgamiento de mi madre hizo mal las escrituras y ahora la persona afectada ha presentado en el Catastro un recurso de reposición. Nos dan diez días para presentar alegaciones. Supongo que tendremos que hacer una escritura de subsanación y vamos a tardar más tiempo del esperado. ¿Tenemos que avisar al Catastro o presentar algún escrito hasta que tengamos la escritura? Ando un poco perdida y no sé cómo se procede en este caso.

Maria Eugenia preguntó sobre Trámites catastro Pregunta desde: Toledo

Fecha: 27/01/2026

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2 respuestas

  • Alejandro respondió: Profesional de Certicalia

    Hola, María Eugenia.

    Lo importante ahora es que no dejéis pasar esos 10 días sin contestar al Catastro, aunque todavía no tengáis hecha la escritura de subsanación.

    Mi consejo es que presentéis ya un escrito sencillo diciendo que el error viene de la escritura notarial y que estáis tramitando su corrección, y que solicitáis que se tenga en cuenta cuando esté lista o que os amplíen el plazo para poder aportarla. Si podéis adjuntar justificante de la notaría o cita, mejor. Con eso dejáis constancia y evitáis que el Catastro resuelva sin saber que ya está en marcha la subsanación. Cuando tengáis la escritura corregida, simplemente la presentáis como documentación adicional y normalmente el asunto se arregla sin problema. Es una situación bastante habitual. Si quieres, puedes llamarnos y te echo una mano con el escrito o le echo un vistazo a la documentación.

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  • Alejandro respondió: Profesional de Certicalia

    Hola, María Eugenia.

    Lo importante ahora es que no dejéis pasar esos 10 días sin contestar al Catastro, aunque todavía no tengáis hecha la escritura de subsanación.

    Mi consejo es que presentéis ya un escrito sencillo diciendo que el error viene de la escritura notarial y que estáis tramitando su corrección, y que solicitáis que se tenga en cuenta cuando esté lista o que os amplíen el plazo para poder aportarla. Si podéis adjuntar justificante de la notaría o cita, mejor. Con eso dejáis constancia y evitáis que el Catastro resuelva sin saber que ya está en marcha la subsanación. Cuando tengáis la escritura corregida, simplemente la presentáis como documentación adicional y normalmente el asunto se arregla sin problema. Es una situación bastante habitual. Si quieres, puedes llamarnos y te echo una mano con el escrito o le echo un vistazo a la documentación.

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