- Certicalia
- Resuelve tus dudas
- ¿Cómo puedo subsanar las diferencia entre registro y catastro?
¿Cómo puedo subsanar las diferencia entre registro y catastro?
Destacada
respuestas
83 visitas
2 votos
3 de abril de 2023
Contrato de compraventa
Estimados Sres,
Estoy interesado a la compra de un chalet en la provincia de Madrid que tiene más metro registrados en el catastro de los que resultan en el registro local. No hablo de metros de parcela si no de edificios construidos en la parcela como un garaje, una piscina, un trastero por un total de 200 metros cuadrados de diferencia sobre un catastro que reporta 900 construidos y un registro que no tiene mas de 600. ¿Seria un problema a nivel de coste subsanarlo después de compra la propiedad? ¿Es mejor que se encarguen los propietarios de poner todo en regla antes de vender y a su coste? La diferencia sería de pocos miles de euros o el coste se podría disparar?
Saludos
Estoy interesado a la compra de un chalet en la provincia de Madrid que tiene más metro registrados en el catastro de los que resultan en el registro local. No hablo de metros de parcela si no de edificios construidos en la parcela como un garaje, una piscina, un trastero por un total de 200 metros cuadrados de diferencia sobre un catastro que reporta 900 construidos y un registro que no tiene mas de 600. ¿Seria un problema a nivel de coste subsanarlo después de compra la propiedad? ¿Es mejor que se encarguen los propietarios de poner todo en regla antes de vender y a su coste? La diferencia sería de pocos miles de euros o el coste se podría disparar?
Saludos
3 Respuestas
Miguel Angel Bonel Garcia
Profesional Certicalia
4 de abril de 2023
Hola Filippo, suscribo todo lo dicho por Aproniano, yo no compraría nada si antes no se han subsanado las discrepancias entre la realidad física y el catastro, y de la misma forma las diferencias de cabida entre la realidad y el registro. Una vez regularizada esa situación aceptaría la compra.
Saludos
Saludos
Diego Blanco González
Profesional Certicalia
4 de abril de 2023
Buenas tardes, Filippo:
En este caso, la diferencia entre Registro, Catastro y la realidad no es impedimento para llevar a cabo la compra del inmueble. El problema puede venir si usted necesita de financiación hipotecaria. En ese caso, iría un tasador a comprobar la vivienda y solo podría valorar la superficie que cumple con la normativa urbanística vigente. Además, en el informe de tasación figurará una advertencia sobre la discrepancia entre la superficie comprobada y la registral y/o catastral, la cual puede suponer un problema para según qué entidad bancaria.
Si finalmente se hace imprescindible legalizar esas superficies, será a cuenta y cargo de la parte vendedora. Este trámite lo tendrá que realizar en el Ayuntamiento de su municipio y el coste varía mucho en función del caso.
Espero haberle servido de ayuda. Si finalmente necesita una tasación, no dude en contactarme. ¡Un saludo!
En este caso, la diferencia entre Registro, Catastro y la realidad no es impedimento para llevar a cabo la compra del inmueble. El problema puede venir si usted necesita de financiación hipotecaria. En ese caso, iría un tasador a comprobar la vivienda y solo podría valorar la superficie que cumple con la normativa urbanística vigente. Además, en el informe de tasación figurará una advertencia sobre la discrepancia entre la superficie comprobada y la registral y/o catastral, la cual puede suponer un problema para según qué entidad bancaria.
Si finalmente se hace imprescindible legalizar esas superficies, será a cuenta y cargo de la parte vendedora. Este trámite lo tendrá que realizar en el Ayuntamiento de su municipio y el coste varía mucho en función del caso.
Espero haberle servido de ayuda. Si finalmente necesita una tasación, no dude en contactarme. ¡Un saludo!
Aproniano Diez Cardona
Profesional Certicalia
4 de abril de 2023
Buenos días Filippo: En primer lugar, mi opinión es que el vendedor debe ofrecer un inmueble con los datos catastrales y registrales coincidentes. Y si no fuese así, el vendedor es quien debería arreglarlo.
pero dicho esto, dependerá del interés que tenga usted en la propiedad y de la voluntad de acuerdo del vendedor.
Subsanar la discrepancia catastral, se solventaría con un certificado de superficie que describiese el inmueble y aportase las superficies reales del mismo. Incluso la descripción fotográfica.
Este no es un trámite especialmente caro, pero sí tendrá que aportar los planos de todo el inmueble, para justificar las superficies.
También necesitará aportar las coordenadas georreferenciadas del edificio, ya que no coincidirán, en su totalidad, con las de catastro.
También necesitará un certificado energético.
Pero todo esto no resulta un gasto excesivo, para la inversión que se va a realizar.
De lo que sí tiene que asegurarse, en cualquier caso, es de que son los datos catastrales los que no son correctos, y no los registrales, ya que la situación sería muy distinta.
Saludos.
pero dicho esto, dependerá del interés que tenga usted en la propiedad y de la voluntad de acuerdo del vendedor.
Subsanar la discrepancia catastral, se solventaría con un certificado de superficie que describiese el inmueble y aportase las superficies reales del mismo. Incluso la descripción fotográfica.
Este no es un trámite especialmente caro, pero sí tendrá que aportar los planos de todo el inmueble, para justificar las superficies.
También necesitará aportar las coordenadas georreferenciadas del edificio, ya que no coincidirán, en su totalidad, con las de catastro.
También necesitará un certificado energético.
Pero todo esto no resulta un gasto excesivo, para la inversión que se va a realizar.
De lo que sí tiene que asegurarse, en cualquier caso, es de que son los datos catastrales los que no son correctos, y no los registrales, ya que la situación sería muy distinta.
Saludos.
¿Eres un profesional?
Recibe nuevos clientes que buscan profesionales como tú y ofertas para realizar trabajos.