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¿Cómo puedo segregar mi parcela urbana? Supuestamente tengo construido más de lo que permite la ley.
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27 de octubre de 2022
Segregación de fincas
Buenos días. Quiero dividir mi parcela urbana de 4367m2 pero por legislación solamente puedo tener construido 0.13m por metro cuadrado. Me gustaría dividir y vender una parcela de 2000m2 pero al tener construido más de lo que supuestamente podría en mi parcela final. ¿Puedo hacer la división? o ¿tendré que dividir la parcela al tamaño justo que me permita tener todo lo que tengo construido?.
1 Respuestas
Alejandro E. Cebrián Gil
Profesional Certicalia
28 de octubre de 2022
Vamos a ver, hay varias cosas que tiene que tener en cuenta:
1. Para segregar una parcela (A) de 4.367 m² en una de (A1) de 2.367 m² y otra de (A2) de 2.000 m² tiene que comprobar en el Ayuntamiento que la parcela mínima permitida en planeamiento sea de 2.000 m², que cumpla fachada mínima, etc.
2. La parcela A1, la edificada, además tendría que tener respecto a la A2, la distancia a linderos exigida en planeamiento, 5 m o lo que sea.
3. Si la parcela A de 4.367 m² ya consume la edificabilidad total (567,71 m²), de hacer la segregación, la parcela A2 no sería edificable. Si no lo consume en su totalidad en la parcela A2 solo se podría edificar lo no consumido, supongamos que en la A1 se han consumido 500 m², entonces en la A2 solo se podrían edificar 67,71 m² (567,7-500).
4. Le aconsejo que compruebe en el Ayuntamiento la superficie consumida por su vivienda, ya que hay superficies que puede que computen como sótanos o bajo cubiertas.
Espero haberle ayudado.
Un saludo.
1. Para segregar una parcela (A) de 4.367 m² en una de (A1) de 2.367 m² y otra de (A2) de 2.000 m² tiene que comprobar en el Ayuntamiento que la parcela mínima permitida en planeamiento sea de 2.000 m², que cumpla fachada mínima, etc.
2. La parcela A1, la edificada, además tendría que tener respecto a la A2, la distancia a linderos exigida en planeamiento, 5 m o lo que sea.
3. Si la parcela A de 4.367 m² ya consume la edificabilidad total (567,71 m²), de hacer la segregación, la parcela A2 no sería edificable. Si no lo consume en su totalidad en la parcela A2 solo se podría edificar lo no consumido, supongamos que en la A1 se han consumido 500 m², entonces en la A2 solo se podrían edificar 67,71 m² (567,7-500).
4. Le aconsejo que compruebe en el Ayuntamiento la superficie consumida por su vivienda, ya que hay superficies que puede que computen como sótanos o bajo cubiertas.
Espero haberle ayudado.
Un saludo.
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