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Cómo deslindar unos terrenos en Valdemaqueda Robledo Chavela
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16 de febrero de 2022
Deslinde
Necesito deslindar y medir físicamente (tomando como referencia planos del catastro) de unos terreno urbanos y rústicos heredados en la zona de Valdemaqueda/Robledo de Chavela.. Nuestra intención es fijar las lindes respecto a los propietarios anexos para luego escriturarlos
3 Respuestas
Jacinto Marco Marco
Profesional Certicalia
17 de febrero de 2022
El proceso sería,medición en campo de la finca física,,toma de puntos gps,georreferenciiacion de Cartografia catastral antigua,,replanteo de la finca y si es necesario subsanacion dediscrepancias a catastro
Dionisio Pequeño
Profesional Certicalia
17 de febrero de 2022
Buenos Días, don Ramón:
Desde la promulgación de la Ley 13/2015; ((Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.)); y aplicando a sus caso, necesita dar los siguientes pasos:
1.- Un plano georreferenciado de la parcela que quiera inscribir, acompañado del listado de coordenadas y del informe VGA, (Validación Gráfica Alternativa), a ser posible positivo. También se acompaña con el archivo GML de la parcela, y/o de las parcelas modificadas
2.- Ese informe lo remite a Catastro, y éste tiene plazo legal para contestarle de seis meses. Si no hay correción que hacer en la base cartográfíca de Catastro ó no afecta a terceros el plazo se reduce a tres meses. Aunque, en estos tiempos de pandemia Covid depende de "las ganas" que le pongan en Catastro.
Espero haber aclarado su duda.
Dionisio Pequeño
Desde la promulgación de la Ley 13/2015; ((Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.)); y aplicando a sus caso, necesita dar los siguientes pasos:
1.- Un plano georreferenciado de la parcela que quiera inscribir, acompañado del listado de coordenadas y del informe VGA, (Validación Gráfica Alternativa), a ser posible positivo. También se acompaña con el archivo GML de la parcela, y/o de las parcelas modificadas
2.- Ese informe lo remite a Catastro, y éste tiene plazo legal para contestarle de seis meses. Si no hay correción que hacer en la base cartográfíca de Catastro ó no afecta a terceros el plazo se reduce a tres meses. Aunque, en estos tiempos de pandemia Covid depende de "las ganas" que le pongan en Catastro.
Espero haber aclarado su duda.
Dionisio Pequeño
Miguel Angel Bonel Garcia
Profesional Certicalia
17 de febrero de 2022
Buenas Ramon, cuando quieras puedes contactar conmigo a través de esta plataforma y tratamos sobre el tema. Saludos
MA.BONEL
MA.BONEL
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