¿Cómo averiguar el propietario " real" actual" de un inmueble?

▪Estimados sres, Buenas noches: Desde mi boda( 23 de abril de 1994), vivo con mi marido, en el piso situado en la cale de la Villa, 28005-Madrid. El propietario de dicho piso, era mi suegro el abogado/ juez: Desde el fallecimiento del mismo en 1983, esta casa y el resto de su extensa herencia, está en -un encarnizado y largo- LITIGIO entre sus tres hijos: mi marido, su hermana y su hermano: " abogado y administrador / albacea" de dicha herencia paterna. A día de hoy, no han conseguido un acuerdo y," No"  se ha "Particionado" la herencia que, sigue en litigio en los juzgados. El expediente de la casa donde yo vivo sola en calle villa  se lo ha llevado su hermano y administrador al juzgado de Tenerife y, - de pronto- ha salido un anuncio en internet de : EJECUCIÓN HIPOTECARIA Y SUBASTA PÚBLICA DEL PISO EL PASADO DÍA 26 DE MARZO DE ESTE AÑO EN CURSO 2018, ACREEDOR: xxxx quien -además- pide 50.000€.. A MÍ, NADIE ME HA AVISADO DE NADA -en ningún momento- y, si me he enterado de esto, es porque se me echaron encima inmobiliarias, juristas y particulares. POR FAVOR, ES ANGUSTIOSO, NO SABER QUE HA PASADO?. Hoy, un mes después, he ído al Registro de la Propiedad de Madrid y, sigue reflejándose como propietario mi suegro  fallecido que es el que la compró -a título privativo- pero, NO SABEMOS SI, TRAS LA EJECUCIÓN HIPOT/ SUBASTA/ C. ACREEDORES, "HA CAMBIADO DE DUEÑO/ S, QUIEN/ES ES/ SON, QUÉ ME VA A PASAR Y CUANDO , COMO Y POR QUÉ,??? Porque, me ha dicho el Registrador que puede que haya un nuevo dueño pero qué, NO TIENE POR QUÉ REGISTRAR LA CASA Ó HACERLO CUANDO CREA CONVENIENTE. ¿ HAY UN MÉTODO PARA QUE YO SEPA: QUIEN ES A PARTIR DE "YA" EL PROPIETARIO "REAL" DE DICHA CASA( MI HOGAR CONYUGAL)? . INFINITAS GRACIAS POR ATENDER MI PROBLEMA Y TRATAR DE AYUDARME/ ORIENTARME.. UN SALUDO. MARÍA DEL CARMEN VIUDA DE DEL COHEREDERO E HIJO DEL PROPIETARIO ORIGINAL DE LA CASA, Y, SU HEREDERA UNIVERSAL ( Poseo el testamento autorizado y firmado).

M.carmen Cermeño Carrasco preguntó sobre Venta de inmuebles Pregunta desde: Madrid

Fecha: 25/04/2018

Responder a M.carmen Cermeño Carrasco >

2 respuestas

  • Guillermo Pablo respondió: Profesional de Certicalia

    Buenos días M.Carmen. De los datos que aporta en su pregunta, deduzco que Vd. está viviendo en ese inmueble, pero carece de título tanto de propiedad como de alquiler (estaría en "precario"). Con esto trato de justificar, el que no haya recibido ninguna notificación sobre la subasta del mismo. Como al fallecimiento de su suegro, los herederos no se pusieron de acuerdo, la herencia está sin repartir, con lo cual en el Registro de la Propiedad figura todavía como titular su suegro.
    La subasta de esa vivienda está promovida por uno de los herederos y contra los otros dos, por un importe reclamado de 50.000,00 €.
    En su caso, al haber fallecido su marido, Vd. debería haber comunicado el hecho en los procesos judiciales que estaban abiertos (tramitación de herencias de su suegro y suegra, respectivamente), y así le harán llegar cualquier comunicación que se produzca (cosa que ahora van dirigidas a su marido).
    Volviendo a su preocupación por si ha cambiado ya de dueño: la subasta se cerró el día 27/03/2018 y existe una puja máxima de 318.500,01 €.
    Lo lógico sería que, junto con el otro demandado, Vds. paguen la deuda por la cual se subastó el bien (50.000,00 €) y eviten que el bien salga del patrimonio de la herencia. Tendrán que ponerse en contacto con el Juzgado que subastó, lo antes posible.
    Cuanto antes también le aconsejo que contacte con un procurador y que se persone en los procedimientos de reparto de herencia que se tramitan y así pueda estar al corriente de los mismos, ya que Vd. como heredera de su marido, va a ser parte interesada de los mismos.
    Un saludo.

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  • Marta respondió: Profesional de Certicalia

    Buenos días Mª Carmen. Soy Marta, abogada. La respuesta del Registrador es correcta pero en todo caso lo que está claro es que si la vivienda era de su suegro y tras su fallecimiento pasa a los herederos, estos han tenido que prestar el consentimiento para vender. En la ejecución hipotecaria ha de constar tanto quien es el ejecutante (acreedor) como el ejecutado (titular de bien).

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