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Certificado energetico sin visita
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8 de marzo de 2022
Certificado energético
¿Es normal que llame el técnico y diga que no hace falta la visita al domicilio? He visto que vosotros también hacéis certificados de eficiencia energética y me gustaría saber qué es lo más conveniente.
9 Respuestas
Pablo Martínez
Profesional Certicalia
5 de septiembre de 2025
Hola es ilegal hacerlo sin visita
Dionisio Pequeño
Profesional Certicalia
10 de marzo de 2022
Buenos días, David:
Al igual que le ha indicado los demás compañeros, la visita es obligatoraria.
A este respecto el "Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios." en su "Artículo 6. Certificación de la eficiencia energética de un edificio", "Punto 5" expone: ".Durante el proceso de certificación, el técnico competente realizará al menos una visita al inmueble, con una antelación máxima de tres meses antes de la emisión del certificado, para realizar las tomas de datos, pruebas y comprobaciones necesarias para la correcta realización del certificado de eficiencia energética del edificio o de la parte del mismo".
El técnico, ó persona, que realice el certificado sin visita al edificio, se expone a la sanciones administrativas expuestas en el "Artículo 21. Infracciones y sanciones" del real decreto mencionado:
"El incumplimiento de los preceptos contenidos en este real decreto podrá ser sancionado de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional duodécima del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre.
Asimismo, el incumplimiento de los preceptos contenidos en este real decreto que constituyan infracciones en materia de defensa de los consumidores y usuarios de acuerdo con lo establecido en los apartados f) y n) del artículo 49.1 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, podrá ser sancionado de acuerdo con lo establecido en el capítulo II del título IV del texto refundido citado."
Al igual que le ha indicado los demás compañeros, la visita es obligatoraria.
A este respecto el "Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios." en su "Artículo 6. Certificación de la eficiencia energética de un edificio", "Punto 5" expone: ".Durante el proceso de certificación, el técnico competente realizará al menos una visita al inmueble, con una antelación máxima de tres meses antes de la emisión del certificado, para realizar las tomas de datos, pruebas y comprobaciones necesarias para la correcta realización del certificado de eficiencia energética del edificio o de la parte del mismo".
El técnico, ó persona, que realice el certificado sin visita al edificio, se expone a la sanciones administrativas expuestas en el "Artículo 21. Infracciones y sanciones" del real decreto mencionado:
"El incumplimiento de los preceptos contenidos en este real decreto podrá ser sancionado de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional duodécima del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre.
Asimismo, el incumplimiento de los preceptos contenidos en este real decreto que constituyan infracciones en materia de defensa de los consumidores y usuarios de acuerdo con lo establecido en los apartados f) y n) del artículo 49.1 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, podrá ser sancionado de acuerdo con lo establecido en el capítulo II del título IV del texto refundido citado."
Carmen Moreda
Profesional Certicalia
9 de marzo de 2022
Buenos días David.
Mis compañeros ya han contestado a su pregunta. Es obligatoria la visita, por ley.
No se fíe de falsos profesionales que ofrecen los certificados a precio de ganga. Desgraciadamente, hay mucho intrusismo profesional en este campo.
Un saludo
Mis compañeros ya han contestado a su pregunta. Es obligatoria la visita, por ley.
No se fíe de falsos profesionales que ofrecen los certificados a precio de ganga. Desgraciadamente, hay mucho intrusismo profesional en este campo.
Un saludo
Daniel Pozo
Profesional Certicalia
8 de marzo de 2022
Por favor... No divulgemos esas cosas. La visita es de obligado cumplimiento.
Frasan Proyectos
Profesional Certicalia
8 de marzo de 2022
Buenas tardes, cómo comentan los compañeros, la visita es obligatoria por ley. Es una ignominia lo que hacen algunos profesionales. Mi recomendación es que huyas de ahí.
Un saludo
Un saludo
Daniel Castellano
Profesional Certicalia
8 de marzo de 2022
Buenos días David, la visita al inmueble es obligatoria por el técnico y causa de sanción si hay una inspección y se demuestra que no ha ido. Esa gente que dice que no visita son los que tiran precios y desprestigian la profesión.
Eduardo Sorribes Escolano
Profesional Certicalia
8 de marzo de 2022
Hola David, la visita al inmueble para su certificación es obligatoria por ley. Si el técnico que te ha ofrecido realizarlo sin hacer la visita estaría incumpliendo con el procedimiento obligatorio, y en caso de que la administración lo percibiese la sanción prevista en este caso es de 1001 a 6000 € tanto para el cliente como para el técnico.
Miguel Angel Bonel Garcia
Profesional Certicalia
8 de marzo de 2022
Hola David, pues no es normal, se debe visitar la vivienda y hacer la toma de datos correspondiente, para poder hacer el certificado de eficiencia energética en condiciones.
Un Saludo
Un Saludo
Julian
8 de abril de 2024
¿Y si es una renovación?
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