Cambio de titularidad de un inmueble

Buenos días, mi padre falleció y tenía en gananciales 2 viviendas ( una vivienda familiar y otra actualmente alquilada ) y una plaza de garaje.
¿ Es necesario hacer un cambio de titularidad ó esta pasa automáticamente a nombre de mi madre ?.

Saludos.

Fernando preguntó sobre Trámites catastro Pregunta desde: Asturias

Fecha: 26/04/2018

Responder a Fernando >

2 respuestas

  • Guillermo Pablo respondió: Profesional de Certicalia

    Buenas tardes: para hacer el cambio de titularidad de los bienes pertenecientes a su padre (50% gananciales), deberán tramitar la correspondiente herencia. Una vez aceptada, deberá pagar el Impuesto de Sucesiones en su Comunidad Autónoma (plazo 6 meses), la plusvalía en el Ayuntamiento al que pertenezcan los bienes y dar de alta las modificaciones en el Catastro.
    Tenga en cuenta que su madre ya posee el 50% de la propiedad de dichos bienes y que probablemente no va a poder obtener el otro 50% tras la aceptación de la Herencia, ya que los herederos legales serán Vds. los hijos. Y su madre, dependiendo del testamento, podría heredar el usufructo del otro 50% ó un tercio del 50% en propiedad y el usufructo de otro tercio.
    Un saludo.

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  • Cerener respondió: Profesional de Certicalia

    Es necesario hacer la declaración de herederos y la adjudicación de la herencia ante notario. Al hacer esta última escritura se cambiará la titularidad en el catastro.

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