Alta nueva comunidad
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14 de noviembre de 2017
Constitución de comunidad de propietarios
Donde vivo se creo una comunidad legalizada y nos pide el pago de las cuotas de años atrás, quería saber si es obligatorio pagarlas o empiezan a contar desde que se legalizó la misma
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Anónimo
15 de noviembre de 2017
Existe obligación de pagar las cuotas desde que se establecen por mayoría en una junta general de propietarios cumpliendo las formalidades que establece la ley.
Eso sí, en determinados casos, podría tener que responder como comunero (art. 396 CC), de ciertas cantidades que necesariamente hubiese que haber desembolsado el resto en favor de la cosa común, incluso antes de la constitución formal de la comunidad.
Habría que contar con todos los datos para asesorarle correctamente. Le recomiendo que consulte con un abogado.
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