Agrupar Terrenos
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27 de enero de 2017
Subsanación de discrepancias de catastro
Vamos a comprar una vivienda y una parcela colindante que no está agrupada. En la escritura y el registro de la propiedad sí constan ambas como la misma propiedad, pero en el catastro no y en el ayuntamiento se pagan dos IBI. El trámite tendría que hacerse antes de hacer la nueva escritura por parte del vendedor? Que supone para el comprador el hecho de que no estén agrupadas?
2 Respuestas
Albert Garcia Romeo
Profesional Certicalia
1 de febrero de 2017
En el catastro, a veces, en parcelas rústicas aparece la vivienda, identificada en uso principal, residencial, separada del terreno, en este caso uso agrario, Si tu caso es en terreno rústico no supone ningún inconveniente al futuro comprador, ya que se identifican correctamente en la escritura y en el registro. Si tu caso es en parcela urbana es menos común, y recomiendo dejarlo agrupado y bien actualizado en el catastro, hoy en día con 6 meses de respuesta mínima por parte de la Dirección General del Catastro, dicho trámite lo puede hacer el actual propietario o el futuro comprador, siempre informando de dicha situación. El IBI siempre va relacionada con el catastro.
Pedro Díaz
Profesional Certicalia
31 de enero de 2017
Estimada Patricia, una vez se llegara al Notario le advertirán de la NO coincidencia entre catastro y registro. Han de ver inequivocamente que la Escritura incluye ambas parcelas, vivienda y colindante. Si es así, han de subsanar ésto en Catastro con una Validación Gráfica Alternativa-Agrupación, y lo comentaría con el vendedor. Si realmente no está en las Escrituras habría que hacer el Estudio topográfico correspondiente
saludos
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