¿A cuánto ascienden los gasto de venta de un inmueble en Mieres?

Cuanto me costará los gastos de la venta

María Josefa Rodríguez Fernández preguntó sobre Venta de inmuebles Pregunta desde: Asturias

Fecha: 07/09/2018

Responder a María Josefa Rodríguez Fernández >

2 respuestas

  • Guillermo Pablo respondió: Profesional de Certicalia

    Buenas tardes:
    Si Vd. es un propietario de un inmueble en venta, deberá contar con los siguientes gastos. En primer lugar, si utiliza los servicios de una inmobiliaria tendrá que pagar una comisión del 3% (habitualmente) más el iva; además, si el inmueble tiene una hipoteca tendrá que cancelarla en la Entidad Bancaria ó Financiera y registrar la cancelación en el Registro de la Propiedad (otra solución que no necesita la cancelación sería la subrogación del préstamo en el Comprador); una vez realizada la venta, tendrá que liquidar el Impuesto de Plusvalía en el Ayuntamiento de Mieres. La escritura de Compraventa y el Registro posterior, serán a cargo del comprador.
    Un saludo.

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  • Juan Manuel respondió: Profesional de Certicalia

    Impuestos que se derivan de una compraventa
    1. IVA: Solamente se paga en el caso de que la vivienda que se adquiera sea de nueva construcción. Su tipo es el 10%

    2. IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS: La cantidad a pagar se determina según el precio de la vivienda que se haga constar en la Escritura Pública.

    - Impuesto de Transmisiones Patrimoniales: Viviendas usadas. Autoliquidación del impuesto a través de impreso oficial facilitado por la Comunidad Autónoma. En segundas transmisiones las viviendas protegidas con precio máximo de venta tributaran al tipo reducido del 3%. Las viviendas protegidas que carecen de precio máximo de venta tributaran al tipo del 8%,9% o 10% dependiendo de la base imponible.

    - Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: Viviendas nuevas. Autoliquidación del impuesto a través de impreso oficial facilitado por la Comunidad Autónoma. Su cuantía estará entre el 0.0 y el 1,5% del precio de la venta que se haga constar en la Escritura.

    3. IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA (PLUSVALÍA): Es un impuesto municipal que grava la revalorización de la vivienda desde la última transmisión. Tiene que pagarlo el vendedor.

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