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Alicia Aznárez preguntó sobre Medio rural
- Trámites:
- Segregación de finca rústica
Segregación de finca rústica de menos de 2 hectáreas según la Ley 6/2023
Dispongo de una unidad mínima de cultivo de 2,8 hectáreas, compuesta por parcelas separadas entre sí. Me gustaría segregar una porción de 1 hectárea para venderla a un vecino colindante, cuya finca cumpliría con el requisito de unidad mínima tras la compra. Esta porción de terreno está ubicada entre las tierras de dicho vecino, lo que permitiría una mayor eficiencia en el riego y la conformación de una parcela única. ¿Podría alegarse una razón de eficiencia energética y medioambiental para autorizar la segregación de este terreno?
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Juan Ocaña Jiménez preguntó sobre Medio rural
- Trámites:
- Amojonamiento
Distancia mínima a linderos para instalación de depósitos
Tengo una finca rústica y mi vecino ha instalado bajo tierra dos depósitos de aguas fecales a tan solo 0,50 metros de mi linde o tapia, con una evacuación de más de 50 metros de longitud. ¿Es esto legal? ¿Existe alguna distancia mínima obligatoria respecto al lindero para este tipo de instalaciones?
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Se debería comprobar la norma urbanística para ver la mínima distancia a lindes, normalmente 2 metros o incluso más. Te recomiendo ir a hablar con el tecnico del ayuntamiento para más información....
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Iosu preguntó sobre Medio rural
- Trámites:
- Cambio titularidad catastral
Sobre los terrenos rústicos
Hola, buenas tardes. Me gustaría preguntar si, en el caso de un terreno rústico con calificación agropecuaria, sería posible cambiar su uso a mejora ambiental e instalar un módulo habitacional en dicha finca.
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Última respuesta
Hola. El cambio de uso de un terreno rústico con calificación agropecuaria depende de la normativa urbanística de la comunidad autónoma y del planeamiento municipal. Puede ser viable si la normativa autonómica lo contempla y si el cambio favorece la conservación del entorno (reforestación, restauración de hábitats, etc.). Necesitarás presentar un proyecto técnico y solicitar autorización al ayuntamiento y, en algunos casos, a la consejería de urbanismo o medio ambiente. En suelo rústico, las viviendas suelen estar muy restringidas y, si se permiten, suelen requerir vinculación a una explotación agropecuaria o una actividad compatible con el entorno. Consulta el PGOU a ver si lo permite. (Plan General de Ordenación Urbana) y al ayuntamiento....
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Ferran preguntó sobre Medio rural
- Trámites:
- Licencia de actividad
Consultas sobre licencia de camping en terreno rústico
Buenos días, Les escribo porque tengo un terreno rústico en la zona de La Fatarella (Tarragona) y me gustaría saber si sería posible convertirlo en suelo edificable a través de una licencia de camping. También quisiera información sobre el tiempo aproximado que llevarían los trámites y su coste estimado. Tengo dos ideas principales para el terreno, ambas enfocadas al alquiler de cabañas o construcciones en plena naturaleza: - La primera opción sería instalar una o varias cúpulas geodésicas, aprovechando las buenas vistas del terreno. - La otra posibilidad sería construir una cabaña semienterrada, aprovechando la orografía en terrazas del terreno, lo que podría facilitar la construcción. Una consideración importante es que mi terreno no dispone de agua corriente. Sin embargo, varios terrenos cercanos sí cuentan con ella, por lo que se podría estudiar la posibilidad de extender la conexión o, alternativamente, suministrar agua con camiones cisterna. Ambas ideas también incluirían la instalación de placas solares para generar electricidad, así como un biodigestor o fosa séptica. Muchas gracias por su atención. Atentamente, Ferran
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Última respuesta
¡Buenos días, Ferran! 😊 Gracias por tu consulta sobre la viabilidad de convertir tu terreno rústico en La Fatarella (Tarragona) en un camping con cabañas o cúpulas geodésicas. Vamos a analizar los aspectos clave para llevar a cabo tu proyecto. 1. ¿Es posible convertir tu terreno rústico en suelo edificable con una licencia de camping? En Cataluña, la normativa urbanística y ambiental establece que en suelo rústico no urbanizable solo se permiten ciertos usos compatibles, como agroturismo, turismo rural y campings, pero siempre bajo ciertas condiciones y con los permisos adecuados. Para convertir tu terreno en un camping o espacio de alojamiento rural, necesitarás: ✅ Compatibilidad urbanística: Verificar si el Plan de Ordenación Urbanística Municipal (POUM) de La Fatarella permite este uso en suelo rústico. ✅ Autorización de la Generalitat de Cataluña: La actividad de camping está regulada por la Ley de Campings de Cataluña y requiere aprobación del Departamento de Territorio. ✅ Licencia municipal de actividad y obras: Necesitarás presentar un proyecto técnico que justifique el cumplimiento de las normativas de urbanismo, seguridad y medioambiente. ✅ Informe de impacto ambiental: Al estar en zona rústica, puede ser necesario un estudio de sostenibilidad y afección al entorno. 📌 Conclusión: Sí, es posible convertir el terreno en un camping si cumples con los requisitos urbanísticos y ambientales. Sin embargo, cada municipio puede tener restricciones, por lo que es fundamental consultar con el Ayuntamiento de La Fatarella y la Generalitat. 2. Análisis de tus opciones: Cúpulas geodésicas vs. Cabañas semienterradas Ambas opciones son viables, pero presentan diferencias en cuanto a permisos y construcción: 🔹 Cúpulas geodésicas ✔ Se pueden considerar estructuras desmontables, lo que facilita la obtención de permisos en suelo rústico. ✔ Más rápidas de instalar y con menor impacto ambiental. ✔ Necesitan autorización municipal y cumplimiento de normativas de habitabilidad. ✔ No suelen requerir cimentación profunda, lo que simplifica los trámites. 🔹 Cabañas semienterradas ✔ Mayor integración con el entorno y aislamiento térmico. ✔ Pueden requerir licencia de obra mayor, ya que implican movimiento de tierras. ✔ Se necesitará un proyecto arquitectónico completo y justificar su viabilidad en suelo rústico. ✔ Es posible que las restricciones urbanísticas sean mayores que para las cúpulas geodésicas. 📌 Conclusión: Si buscas facilidad de trámites y menor inversión inicial, las cúpulas geodésicas pueden ser una mejor opción. Si prefieres una construcción más permanente y con mayor confort, las cabañas semienterradas podrían ser viables, pero con un proceso de licencias más complejo. 3. Suministro de agua y energía 🔹 Agua Si tu terreno no dispone de agua corriente, puedes solicitar al Ayuntamiento o a la empresa de suministro una extensión de la red. Si esto no es viable, puedes optar por depósitos de almacenamiento con recarga mediante camiones cisterna. 🔹 Energía La instalación de placas solares es una excelente opción en suelo rústico y, en muchos casos, es más fácil de autorizar que una conexión a la red eléctrica convencional. Deberás gestionar la legalización de la instalación fotovoltaica ante la Generalitat. 🔹 Saneamiento La instalación de una fosa séptica o biodigestor es una solución viable, pero necesitarás autorización ambiental. 📌 Conclusión: La falta de agua corriente y alcantarillado no impide el proyecto, pero tendrás que justificar sistemas alternativos aprobados por las administraciones competentes. 4. Tiempo estimado y coste de los trámites 📅 Tiempo estimado Consulta urbanística en el Ayuntamiento y Generalitat: 1-3 meses Proyecto técnico y permisos de actividad: 4-8 meses Tramitación de licencias y autorizaciones ambientales: 6-12 meses Construcción e instalación: 3-6 meses (según el tipo de alojamiento) 💰 Coste estimado Proyecto técnico y estudio de viabilidad: 3.000-8.000€ Licencia de actividad y de obras: 1.500-5.000€ (según tasas municipales) Instalaciones básicas (agua, energía, saneamiento): 10.000-30.000€ Construcción de cúpulas o cabañas: 15.000-50.000€ por unidad (dependiendo del diseño y materiales) 📌 Conclusión: El proceso puede tardar entre 12 y 24 meses en completarse, dependiendo de la rapidez con la que se obtengan los permisos. Recomendación final 🔹 Lo primero es consultar con el Ayuntamiento de La Fatarella si el uso de camping o alojamiento rural es viable en tu terreno rústico. 🔹 Si es posible, necesitarás un proyecto técnico que incluya la distribución de alojamientos, acceso, instalaciones de agua y saneamiento, y plan de impacto ambiental. 🔹 Podemos ayudarte con el asesoramiento técnico, la redacción del proyecto y la gestión de licencias para agilizar el proceso. Si te interesa avanzar con este proyecto, cuéntanos más detalles sobre el terreno y el enfoque que prefieres, y te ayudamos a dar los siguientes pasos. 🚀 ¡Quedamos a tu disposición, Ferran! 😊Somos de Tarragona ...
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Noelia preguntó sobre Medio rural
- Trámites:
- Segregación de finca rústica
Segregación finca rustica sin escritura
Hola, Quisiera saber si es posible segregar una finca rústica de olivos de 1,67 hectáreas. Esta finca no está escriturada, solo tiene un contrato de arrendamiento a nombre de mi padre. Ahora mi padre desea ceder este contrato de arrendamiento a mi hermano y a mí. ¿Sería posible segregar o dividir este arrendamiento en dos partes?
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La posibilidad de segregar una finca rústica de olivos de 1,67 hectáreas y dividir el contrato de arrendamiento en dos partes depende de varios factores legales y contractuales. Vamos a analizarlo en detalle: 1. Sobre la segregación de la finca Para segregar una finca rústica, deben cumplirse ciertos requisitos legales establecidos en la normativa autonómica y estatal: Superficie mínima de cultivo: En muchas comunidades autónomas, existen restricciones en cuanto a la superficie mínima de explotación para evitar la creación de fincas rústicas inviables económicamente. Esta superficie mínima varía según la legislación autonómica aplicable. En Andalucía, por ejemplo, el mínimo suele ser de 1 hectárea para olivar, pero habría que revisar la normativa específica del municipio donde se encuentra la finca. Licencia de segregación: La segregación debe contar con autorización administrativa y cumplir con la normativa urbanística y agrícola de la zona. Inscripción en el Registro de la Propiedad y Catastro: Si la finca no está escriturada, primero habría que regularizar su titularidad antes de solicitar la segregación. En este caso, dado que la finca no está escriturada, sino que se encuentra arrendada, el problema no es la segregación física en sí, sino la división del arrendamiento. 2. Sobre la cesión y división del contrato de arrendamiento Dado que la finca no es propiedad de tu padre, sino que él solo tiene un contrato de arrendamiento, la clave está en lo que establece dicho contrato y la Ley de Arrendamientos Rústicos (Ley 49/2003, de 26 de noviembre): Cesión del contrato: Según el artículo 23 de la Ley de Arrendamientos Rústicos, la cesión del contrato solo es posible si el propietario (arrendador) lo consiente expresamente. Si el contrato no permite la cesión sin consentimiento del arrendador, habría que negociar con él para obtener su aprobación. División del contrato en dos partes: La ley no permite que el arrendatario divida unilateralmente el contrato en dos partes sin consentimiento del arrendador. Si el arrendador está de acuerdo, se podría hacer un nuevo contrato con dos arrendatarios (tú y tu hermano) o firmar dos contratos separados sobre partes de la finca. También se podría mantener el contrato original y pactar una copropiedad del derecho de arrendamiento entre tú y tu hermano. 3. Recomendaciones Revisar el contrato de arrendamiento actual para ver si permite la cesión y en qué condiciones. Hablar con el propietario de la finca para negociar la cesión y posible división del arrendamiento. Si el arrendador está de acuerdo, optar por una de estas soluciones: Redactar un nuevo contrato con ambos como arrendatarios. Hacer una cesión conjunta del contrato original a favor de los dos. Solicitar al propietario la segregación jurídica del contrato, con dos nuevos contratos individuales. Si la finca en el futuro se quiere escriturar y segregar físicamente, será necesario regularizar su situación registral y cumplir con la normativa sobre superficie mínima. ...
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