Ángel Luis Trujillo Ñaclw

¿QUÉ ES EL CERTIFICADO ENERGÉTICO?
El real decreto 235/2013 del 5 de abril establece la obligación de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética que deberá incluir información objetiva sobre la eficiencia energética de un edificio y valores de referencia tales como requisitos mínimos de eficiencia energética con el fin de que los propietarios o arrendatarios del edificio o de una unidad de éste puedan comparar y evaluar su eficiencia energética.

Los requisitos mínimos de eficiencia energética de los edificios o unidades de éste no se incluyen en este real decreto, ya que se establecen en el Código Técnico de la Edificación. De esta forma, valorando y comparando la eficiencia energética de los edificios, se favorecerá la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.

Además, este real decreto contribuye a informar de las emisiones de CO2 por el uso de la
energía proveniente de fuentes emisoras en el sector residencial, lo que facilitará la adopción de medidas para reducir las emisiones y mejorar la calificación energética de los edificios.


ELABORACIÓN DE SU CERTIFICADO ENERGÉTICO

PREGUNTAS FRECUENTES
¿Es obligatorio hacer el Certificado Energético?

Si, según el real decreto 235/2017, el certificado energético es obligatorio y ha de ser facilitado al comprador por parte del propietario.

¿Que período de validez tiene el Certificado Energético?

El Certificado Energético tiene una validez de 10 años, desde el día de la expedición del proyecto y registro en la Comunidad Autónoma competente. Durante ese período, se mantendrá la validez del Cee, siempre que no varíen las características del inmueble mediante reformas, cambio del tipo de calefacción, cerramientos, etc…

¿Si quiero vender un inmueble, cuándo tengo que hacer el Certificado Energético?

La ley dictamina que el Certificado Energético ha de ser presentado al comprador, en el momento en que realiza la primera visita al inmueble. Desde Sáez Ingeniería, le aconsejamos que realice el Certificado Energético en el momento de sacar su inmueble al mercado, para así evitar posibles penalizaciones por parte de los organismos competentes.

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