Normativa y requisitos de valor catastral suelo

Las normas que rigen la valoración catastral del suelo se basan en el Real Decreto 1020/1993, que ofrece el marco legal y los conceptos y criterios que han de regir la valoración de los suelos urbanos en actuaciones masivas, es decir, en revisiones del catastro. En estas normas también se tiene en cuenta el valor de las posibles construcciones que hubiera en el suelo del bien inmueble valorado.

Los módulos de valor

Una de las principales características de este Real Decreto es la introducción que realiza de un módulo de valor M, que se define en función de su actuación como base en la valoración de suelos y construcciones. Se considera como valor fijo del módulo M 1.000 euros/metro cuadrado.

La importancia del valor de mercado

En la normativa de aplicación para conseguir el valor catastral de un suelo juega un papel especialmente importante el valor de mercado a nivel local o supramunicipal que se establece para un bien inmueble. Este valor de mercado sirve para determinar los valores en polígono, calle, tramo de calle, zona o paraje y la aplicación del coeficiente N.

Además, hay que tener en cuenta que el valor de mercado se usa como un referente para el establecimiento del valor catastral, que nunca podrá superarlo.

Tipos de suelo

El Real Decreto también establece las distintas consideraciones de suelo que establece la normativa, y que se convierten en un requisito indispensable para el establecimiento de su correcto valor catastral.

De esta manera, se considera como suelo urbano el que puede ser urbanizable con o sin programación previa y el que es posible que se urbanice siempre que exista un programa de actuación urbanística.

Del mismo modo, también se considera como suelo urbano el que dispone de aceras, vías pavimentadas, alcantarillado, suministro de agua, suministro de energía eléctrica y alumbrado público. Y también recibe la misma consideración el que contiene construcciones genuinamente urbanas.

Finalmente, un suelo agrario puede considerarse urbano si se fracciona de su uso agrario inicial.

La legislación vigente

Merece la pena repasar los decretos y órdenes que regulan la actuación catastral sobre el valor del suelo, empezando por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, creado para regular la Ley del Catastro Inmobiliario.

También merece la pena destacar la Orden EHA/3482/2006, de 19 de octubre, que define la información que será necesaria para realizar la tramitación de diversas acciones catastrales. De igual modo, incluye los modelos de declaración que serán necesarios para actualizar cualquier alteración en los valores del catastro.

Asimismo, el Real Decreto 1020/1993 es el que regula las normas técnicas de valoración y el cuadro marco de valores del suelo y de las construcciones, por lo que es esencial para determinar el valor catastral de bienes inmuebles urbanos.

Igualmente, diversas órdenes implican la aprobación de los módulos de valor M para la determinación de los valores de suelo y del coeficiente RM para inmuebles de características especiales.

Asimismo, hay que recordar que cada año se produce una actualización de todos los valores catastrales, siguiendo las pautas que establece la Ley de Presupuestos Generales del Estado basándose en los coeficientes de revalorización anuales.

Para acabar, no podemos dejar de recomendar la consulta del Código de Normativa Catastral para solucionar cualquier duda relacionada con el establecimiento del valor catastral del suelo, así como de los bienes inmuebles. Esta publicación recoge toda la normativa que rige el proceso de establecimiento de valores catastrales de todo tipo de suelos y bienes inmuebles, tanto rústicos como urbanos, por lo que  te proporcionará la información correcta para solventar cualquier cálculo.

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