La tasación inmobiliaria en Asturias

Publicado el 21/01/2016

La norma que regula el ámbito de las tasaciones inmobiliarias es una Orden dictada por el Ministerio de Economía y denominada NORMATIVA ECO 805-2003, que regula estas valoraciones a nivel nacional, por tanto, Asturias queda afectada por su aplicación.

En esta norma se establecen todos los requisitos de una tasación inmobiliaria, los cuales podemos especificar siguiendo los pasos que detallamos:

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1º. Recabar la documentación necesaria:

  • Una nota simple emitida por el registro de la propiedad o copia de la escritura de propiedad si esta nos la facilitan, con el fin de conocer los metros de la vivienda, tanto útiles como construidos, como los anejos inseparables, antigüedad y si la misma tiene cargas.
  • Si la vivienda estuviese alquilada, debemos solicitar copia del contrato de arrendamiento y de los últimos recibos de pago para conocer el importe que se abona en concepto de renta mensual.
  • En caso, de encontrarnos ante una Vivienda de Protección Oficial debemos solicitar una copia del certificado de calificación de esta.
  • Se puede solicitar un certificado de la situación catastral de la vivienda, para conocer la información que consta en la Dirección General del Catastro, puesto que, normalmente podemos encontrarnos una diferencia entre los metros que constan en este organismo en el registro de la propiedad. En caso, de existir una diferencia sustancial entre los metros que consten en ambos organismos (registro de la propiedad y catastro) lo aconsejable es proceder a realizar una medición independiente para realizar un proceso de discrepancia catastral, y adjuntar la misma al informe pericial que realicemos.
  • Si la vivienda se encuentra afectada en el Plan de Ordenación Urbana de la ciudad debemos acudir al departamento correspondiente del Ayuntamiento con el fin de recabar la información necesaria, o a la sección oportuna de la Consejería de la Comunidad Autónoma si fuera necesario.

Eso sí, para realizar una tasación inmobiliaria en Asturias no es necesario conocer el importe que en concepto de comunidad se abona por la vivienda, ni certificado de deudas expedido por la comunidad de propietarios, ya que esta información es irrelevante para el fin de la tasación.

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2º. La visita a la vivienda.

El siguiente paso, es realizar una visita exhaustiva de la vivienda, para conocer el estado de conservación en el que se encuentra, su distribución, la calidad de los materiales de los que se compone, si en la misma se han realizado reformas y en qué fechas, etc.

3º. Análisis del mercado de la zona.

Posteriormente, debería de llevarse a cabo un análisis de los precios que en la zona y en condiciones lo más similares posibles se encuentra en situación de venta a efectos de poder comparar la vivienda que es objeto de tasación, con las posibles muestras y elegir las más idóneas; puesto que, no olvidemos que la Normativa ECO nos exige obtener 6 muestras lo más homogéneas posibles al objeto de la venta, debido a que este tipo de informes periciales se lleva a cabo a través del denominado “método de comparación”.

Siempre, es recomendable que el tasador especifique con los datos concretos y exactos la ubicación de las muestras, con el fin de poder realizar una comprobación de la veracidad de estas si es necesario.

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Es más, el tasador debe tener en cuenta que si las muestras las ha obtenido de una agencia inmobiliaria debe retraer o descontar del precio de venta que le faciliten en esta, la comisión que la agencia cobraría puesto que siempre va incluida en el precio que facilitan.

En cuanto a los honorarios por la realización del informe pericial, debemos tener en cuenta que estos son libres, pero, claro está que dependerá del valor de la tasación, y del trabajo necesario para llegar a él, así como de otros aspectos:

  • La recopilación de la documentación necesaria, registro de la propiedad, si es necesaria la realización de planos y similares.
  • Si ante los diversos organismos ha sido necesario el abono de tasas, puesto que en ocasiones para la emisión de informes los Ayuntamientos las cobran.
  • Si ha sido necesario desplazarse para realizar la tasación, y se ha incurrido en gastos como dietas o kilometraje.
  • Si es necesario su visado ante el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria o Asociación Profesional competente.

Por todo ello, el que encargue una tasación debería primero preguntarse ¿cuánto cuesta una tasación? y tener en cuenta, que ante su coste debe pararse a valorar primero si ese coste es elevado o no, teniendo en cuenta si el trabajo que va a realizar el tasador va a ser riguroso y documentado; puesto que, en función del destino de la tasación primero deberá “valorar” si el coste que esta supone requiere su contratación a un tasador profesional y suficientemente cualificado, lo que, además, es lo aconsejable.

En Asturias tenemos muy buenos y muy competentes tasadores inmobiliarios, que se encuentran debidamente cualificados. 

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