¿Cómo se refleja ese incumplimiento de contrato de alquiler?

Al finalizar el contrato de un año, se prorroga otro año all no decirme el inquilino que se va. Pero a los 4 meses de la prorroga me comunica que en 30 días se marcha ¿Es incumplimiento de contrato se trata como si hubiera firmado un año mas? gracias.

pedro alonso preguntó sobre Alquiler de inmuebles Pregunta desde: Sevilla

Fecha: 15/10/2020

Responder a pedro alonso >

1 respuestas

  • Alejandro respondió: Profesional de Certicalia

    Buenos días,
    Si se mira la Ley de Arrendamientos Urbanos, el inquilino puede irse de un inmueble siempre que avise con la suficiente antelación, que está fijada en 15 días, si no me equivoco.
    La penalización- si la hubiere - tiene que estar reflejada de antemano en el contrato y estar firmada por ambas partes. Si no hay tal, su inquilino no está incumpliendo nada firmado y está actuando según la ley.
    Le recomiendo que mire el contrato a ver las cláusulas que hay y en la próxima ocasión, si esta vez no lo ha hecho, introduzca alguna condición extra.
    ¡Un saludo!

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