INCREMENTO PATRIMONIAL PARA VENTA.

Hola, somos cinco hermanos y queremos vender una casa heredada de mis padres ya fallecidos hace años, Según IBI del 2017 el valor es de 120.000 euros y queremos venderla por 145000. ¿podemos considerar la diferencia como 25000 euros como el aumento del valor patrimonial?

Gracias

Francisco Nicolás Medina Sánchez preguntó sobre Trámites catastro Pregunta desde: Las Palmas

Fecha: 15/09/2017

Responder a Francisco Nicolás Medina Sánchez >

1 respuestas

  • Cerener respondió: Profesional de Certicalia

    El incremento patrimonial a efectos del IRPF será la diferencia enrte el valor de venta y el valor de adquisición. En su caso, el valor de adquisición será el reflejado en la escritura de herencia a fecha de fallecimiento de sus padres. El valor catastral en estos casos es irrelevante.

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