Licencia de apertura
en el municipio de San Fernando
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¿Cómo obtener la licencia municipal obligatoria en San Fernando?
Para obtenerla, el primer paso es presentar un proyecto técnico realizado por un profesional competente, que acredite que el local se ajusta a la normativa vigente y a las características específicas del negocio. Este proyecto se entrega junto con un formulario oficial de solicitud en el área de Urbanismo del Ayuntamiento de San Fernando.
Una vez entregada la documentación, se procede al pago de las tasas establecidas, cuyo importe varía dependiendo de la envergadura y tipo de actividad económica a desarrollar. Posteriormente, se realiza una inspección por parte de técnicos municipales, quienes verificarán in situ la veracidad y cumplimiento de las condiciones reflejadas en el proyecto.
Si todo está conforme, se otorga la licencia de apertura, que debe estar visible al público dentro del establecimiento. Es importante destacar que, en caso de realizar cambios posteriores en la actividad o en el local, es necesario comunicarlo al Ayuntamiento para adecuar la licencia a las nuevas condiciones.
Las licencias deben renovarse según lo indique la normativa local, y los establecimientos están sujetos a inspecciones periódicas para garantizar el mantenimiento de los estándares obligatorios. Incumplir con estas normas puede conllevar sanciones o la clausura del negocio.
¿Cuánto cuesta realizar la licencia de apertura en el municipio de San Fernando?
Se han solicitado 15 presupuestos de licencia de apertura en el municipio de San Fernando . El precio mínimo son 200€ y el precio máximo son 5600€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
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Licencia de actividad y licencia de apertura son nombres distintos en función de cada normativa municipal para un mismo hecho: autorizar el desarrollo de una actividad en un establecimiento.
- En caso de que se no se ejerza la actividad durante un período mínimo de un año.
- En caso de acumular sanciones municipales que acarreen el cese de actividad.
- En el caso de que, transcurridos más de seis meses desde la finalización de las obras o las instalaciones necesarias para la prestación de servicios o ejercicio de actividades para cuya implantación hubiese sido solicitado mediante licencia de obra, no se hubiese iniciado la actividad.
El coste de iniciar una apertura, que es el mismo que una actividad, depende de varios factores:
- El coste de la disponibilidad del local: compra o alquiler.
- El coste del proyecto o la memoria técnica, necesarios para la tramitación de la licencia de apertura en el Ayuntamiento. Ese importe depende del acuerdo entre el técnico y la persona que inicie la actividad.
- El coste de las tasas municipales, una administrativa por la tramitación, y, en caso de que haya que realizar reformas, el ICIO, que es el 4% del presupuesto de ejecución material de la obra.
No contar con la licencia de apertura o no realizar los trámites adecuados antes de iniciar una actividad puede resultar en sanciones administrativas y el probable cierre del local.
La solicitud de licencia de apertura, junto con el informe o proyecto técnico y toda la información adicional requerida, ha de ser entregada en el ayuntamiento de la localidad en la cual se quiere iniciar la actividad, y dentro de éste en el área urbanística, si la hubiera.
En la mayoría de municipios, también es posible gestionar este trámite de manera telemática.
La licencia de apertura no caduca con el tiempo, pero sí puede hacerlo si se modifican aspectos que conciernen a la actividad o al propio local donde se ejerce ésta.
Así, las situaciones más comunes a la hora de renovar una licencia de apertura son las siguientes:
- Cuando haya modificaciones en el local que afecten a su estructura, superficie total o distribución.
- Cuando haya un cambio en la actividad por la que se obtuvo la licencia de apertura.
- Cuando se traspase la actividad de un local a otro.