Cambio de titularidad de licencia de actividad
en el municipio de Castejón
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Es un trámite que se realiza con el objetivo de notificar a la autoridad municipal correspondiente que el puesto de titular del negocio (quien posee ya una licencia de actividad), ha cambiado pero la actividad se mantiene.
El ayuntamiento es el órgano encargado de constatar este cambio de titularidad de una licencia de actividad, pero no implica que tenga que autorizarla y será a partir de la notificación que obtenga de dicho cambio de titularidad, que las actuaciones municipales, comenzarán a ser realizadas con el nuevo titular.
Una licencia de actividad puede sufrir cambios en su titularidad por varios motivos:
- Por un traspaso del negocio que tenga asignada la licencia de actividad.
- Por el fallecimiento del titular, poseedor de la licencia de actividad. En este caso, bastará con presentar la declaración de fallecimiento del titular y la declaración de herederos.
Los requisitos necesarios para proceder al cambio de titularidad de una licencia de actividad son:
- Que la actividad a desarrollar por el nuevo titular, sea exactamente la misma por la cual fue conferida la licencia.
- Que no se modifiquen las circunstancias por las cuales fue otorgada inicialmente la licencia mediante la realización de obras en el establecimiento. Es decir, la actividad nueva debe acogerse a la licencia original que se solicitó.
- Para según qué ayuntamiento, es también requisito que el negocio no haya estado inactivo durante un tiempo determinado (temporalidad según el ayuntamiento), siendo necesaria una nueva licencia de actividad y apertura en caso de incumplimiento.
Además, de los mencionado requisitos anteriores, también será necesaria cierta documentación tal como:
- La solicitud debidamente cumplimentada. En esta solicitud se suele requerir los datos del nuevo titular, además de los datos del local.
- El NIF o DNI del nuevo titular, así como documentos que acrediten el cambio de titularidad (documento de cesión de derechos del titular anterior).
- El alta en el Impuesto de Actividades Económicas del nuevo titular.
- Copia de licencia de actividad y de apertura de la licencia original.
- En determinados casos pueden ser requeridos: boletines de las instalaciones o la autorización sanitaria y el certificado de control de plagas, contrato de alquiler, escrituras, etc; certificado de solidez del local (realizado por un técnico competente a los fines de garantizar que el local es apto a nivel estructura y certificado acústico, (realizado por una empresa de medición sonora, para garantizar que el nivel sonoro generado en las viviendas o locales colindantes no sobrepasa el nivel máximo legal).
- Puede ser exigido, además, un certificado de persistencia firmado por un técnico en el cual se deje constancia y se garantice que la actividad se desarrolla debidamente igual que en el proyecto de actividad original.
La tendencia general es que sea el "adquiriente", quien notifique del cambio de titularidad de una licencia de actividad, sin embargo, también podría ser el "transmitente", quien notifique de este proceso con la intención de liberarse de las responsabilidades y obligaciones que le corresponden como titular de la licencia.
Es sumamente importante conocer que, en caso de no notificar el cambio de titularidad, la responsabilidad recaerá tanto sobre el titular anterior del negocio como sobre el nuevo titular.