La pesca tiene diversas modalidades, situaciones y fines. España regula toda la actividad, incluyendo la comercial, recreativa y la deportiva específicamente. Para comenzar, recuerda que la licencia es obligatoria, es personal y no puedes transferirla.
Si te atañe la regulación no comercial, debes mirar la normativa de la localidad del lugar donde quieras realizar la actividad, porque la pesca y la protección de las especies es un asunto de la comunidad autonómica. Las especies capturadas en actividad no comercial no pueden ser vendidas ni transadas.
El Real Decreto 347/2011 establece las reglas para pesca marítima recreacional en aguas exteriores. Pero también recuerda que puedes pescar en aguas interiores como embalses, arroyos y ríos.
En general se trata de un aspecto local. Algunas comunidades han establecido una licencia interautonómica de pesca. Se trata de Madrid, Valencia, Extremadura, Galicia, Asturias, Aragón y Castilla y León. La autorización en una de ellas puede ser válida para las otras.
Las embarcaciones también deben autorizarse y registrarse. Pero recuerda que también puedes pescar desde tierra y a pulmón bajo el agua.
Requisitos
Para pescar en España debes ser mayor de 14 años y contar con autorización. Es ilegal no contar con ese documento, y para obtener la licencia interautonómica debes ser nacional o residente en el país.
Debes presentar tu documento de identidad, certificado de empadronamiento y seguro de responsabilidad civil. Esa licencia también te pide declaración de no haber sufrido inhabilitación para realizar la actividad.
Las autoridades centrales y las comunidades pueden establecer reglas para las zonas donde puedes desarrollar la actividad, las especies que puedes capturar y su tamaño mínimo.
Además, las embarcaciones y las competiciones también deben obtener autorización.
Encontrarás trámites asociados como la licencia federativa para la Pesca Submarina en Valencia que te asegura frente a accidentes que puedas causar dentro del agua y te autoriza a portar un fusil en tu traslado al sitio donde realizarás la actividad.
Central y local
Debes estar pendiente de la normativa central y de la comunidad donde solicites la licencia autonómica. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente tiene una Secretaría General de Pesca que regula especies y otros temas.
Por ejemplo, encontrarás las vedas al atún rojo, a la caballa, además de instrucciones para la colaboración entre las regiones.
La normativa puede establecer trámites relacionados como permisos para el transporte de aparejos, o permisos de las embarcaciones. Además puede prohibir la actividad en algunas zonas, establecer sus propias vedas de especies y regular el tamaño de las especies permitidas.
La licencia de pesca puede expedirse para pocos días, usualmente para autorizaciones de extracción de especies protegidas, o para un año. También existe el caso de autorizaciones por tres o cinco años.
Algunos grupos estarán exentos del pago de tasas por licencia como los mayores de 65 años y las personas con discapacidad superior al 33 %. Pero no se les exime de tramitarla, obtenerla y portarla.
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