Cambio de titular de la luz

Por múltiples circunstancias tendremos en algún momento que enfrentarnos al cambio de titular del suministro eléctrico, ya sea por el alquiler o compra de una vivienda, un nuevo negocio, etc. En este artículo veremos que necesitamos para hacerlo.

¿Quién es el titular y qué dice su definición?

En primer lugar debemos saber quien y que consecuencias tiene ser titular del suministro eléctrico. Se entiende por titular del suministro a la persona que actualmente está haciendo uso de la energía eléctrica según el artículo 79 del Real Decreto 1955/2000 por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Además también refleja que la contratación del suministro a tarifa y del acceso a las redes se formalizará con los distribuidores mediante la suscripción de un contrato y también que el consumidor tendrá derecho a elegir la tarifa que estime conveniente, entre las oficialmente aprobadas, teniendo en cuenta las tensiones de las redes disponibles en la zona, así como la potencia que desea contratar entre las resultantes de aplicar las intensidades normalizadas para los aparatos de control que se vayan a emplear.

El certificado de instalación eléctrica y el cambio de titularidad

Lo más normal es que nuestra distribuidora, a la hora de recibir el cambio de titular, realice comprobaciones cómo:

  • Cambio únicamente de datos personales de facturación.
  • Cambio de comercializador con cambios de titular.
  • Cambios de comercializador con cambios de titular, tarifa y potencia.
  • Cambios de actividad.
  • Cortes por impago.
  • Nuevas altas.

En estos casos, y para instalaciones con más de 20 años se solicitará un nuevo certificado de instalación eléctrica por parte de la distribuidora. Podrá encontrar en Certicalia los mejores técnicos autorizados para la obtención de su certificado CIE.