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¿Cómo obtener el certificado energético en la provincia de A Coruña?

El Certificado Energético es un documento oficial elaborado por un técnico competente que proporciona información valiosa sobre las características energéticas de una propiedad. En la provincia de A Coruña, para obtenerlo es imprescindible seguir ciertos pasos.

Para comenzar, el propietario debe contactar con un técnico habilitado, que puede ser un ingeniero o arquitecto con la formación necesaria en materia de eficiencia energética.

Este profesional realizará una inspección de la vivienda o local, evaluando factores como la envolvente térmica, los sistemas de calefacción, refrigeración, agua caliente sanitaria e iluminación, así como la orientación y geolocalización del inmueble.

El técnico recolecta datos para analizar el comportamiento energético del edificio y, con la ayuda de software especializado, calcula su eficiencia, culminando en la emisión del Certificado Energético. Este incluye una etiqueta que clasifica la propiedad dentro de una escala que va desde la "A" para los edificios más eficientes, hasta la "G" para los menos eficientes.

Una vez obtenido el certificado, hay que registrarlo ante el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Galicia de forma telemática.

Cada registro tiene un coste que varía dependiendo del tipo de inmueble y su superficie. Este registro es imprescindible para dar validez oficial al documento, que tiene una vigencia de 10 años.

Saber más sobre certificado energético

¿Cuánto cuesta realizar el certificado energético en la provincia de A Coruña?

Se han solicitado 204.828 presupuestos de certificado energético en la provincia de A Coruña . El precio mínimo son 45€ y el precio máximo son 200€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.

Las tasas administrativas para registrar un certificado energético en Galicia van desde 10,80€ hasta 2.000€ en el caso de edificios.

Te mostramos los precios finales, indicados por clientes y profesionales: 45€ precio más barato hasta ahora 60€ precio medio hasta ahora 200€ precio más alto hasta ahora

· En Certicalia siempre te indicamos el precio total del Certificado energético con el IVA y las tasas administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.

· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso y obtén el mejor precio.

· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la localización y tamaño de la vivienda o inmueble.

Precios Certificado energético en A Coruña >

¿Te surgen más dudas sobre certificado energético?Nosotros te las resolvemos

El certificado energético informa sobre la eficiencia energética de un inmueble y te sugiere medidas de ahorro energético. El resultado puede ser A, B, C, D, E, F o G, donde A es la categoría más eficiente. Tiene una validez de 10 años, salvo en caso de que la calificación energética sea G, en cuyo caso la validez máxima del certificado es de 5 años. Todas las viviendas obtienen una calificación energética.

En caso de venta, es obligatorio anexar al contrato de compraventa una copia del certificado de eficiencia energética debidamente registrado y la etiqueta de eficiencia energética.

En caso de alquiler, se deberá adjuntar al contrato de arrendamiento una copia de la etiqueta de eficiencia energética y una copia del documento de Recomendaciones de uso para el usuario.


Con el certificado energético se pretende concienciar a los futuros compradores e inquilinos de la importancia de habitar una vivienda más eficiente. Además se quiere fomentar la demanda de inmuebles eficientes desde el punto de vista energético. La intención es que al informar sobre el comportamiento energético de un inmueble, para que se tenga en cuenta que con mejor calificación energética menos gasto en energía, y por lo tanto menores facturas anuales.


El certificado de eficiencia energética es obligatorio para edificios de nueva construcción y aquellos que se vendan o alquilen (total o parcialmente), de acuerdo con el Real Decreto 390/2021.


El certificado de eficiencia energética tiene una validez de diez años. Así queda estipulado en el Real Decreto para la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios.


El certificado energético es obligatorio desde el 1 de junio de 2013 para edificios o viviendas existentes que se vendan o alquilen. En el caso de edificios de nueva construcción y edificios o partes de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m2 , desde el 1 de noviembre de 2007.


Se trata del distintivo que señala el nivel de calificación de eficiencia energética obtenida por el edificio o partes del mismo.


Será el órgano competente de cada Comunidad Autónoma en materia de certificación energética el que se encargue de establecer las condiciones especificas para proceder a su renovación o actualización.


El Real Decreto no obliga a las comunidades de vecinos a la realización de un certificado conjunto ya que no están frecuentados habitualmente por el público. Aunque si que es interesante desde el punto de vista económico la realización de un certificado conjunto ya que el precio de certificar el edificio entero será menos al de certificar vivienda por vivienda.


Es el proceso por el cuál se obtiene el certificado energético. Para completar la certificación energética de un inmueble un técnico certificador debe realizar las pruebas y comprobaciones necesarias al inmueble, calcular el certificado energético y registrarlo en la administración correspondiente.


El propietario o promotor del inmueble que se pongan en venta o alquiler y que no disponga ya de su certificado energético en vigor, es el responsable de obtener el certificado de eficiencia energética.

Además, desde 2007 es obligatorio el certificado energético para edificios de nueva construcción, así que aquellos cuya proyección y construcción haya sido realizada después de ese año deben contar con su calificación energética.

Los edificios o partes de edificios pertenecientes u ocupados por una Administración Pública que tengan una superficie útil total superior a 250 m2 también tienen la obligación de obtener un certificado de eficiencia energética.

El Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, también establece la obligatoriedad de obtener el certificado energético para construcciones con una superficie útil total superior a 500 m2 y destinadas a un uso administrativo, comercial, sanitario, residencial público, docente, cultural, recreativo, logístico, hostelero o deportivo.

Por otra parte, es obligatorio el certificado energético para los edificios o partes de edificios en los que se realicen reformas o ampliaciones, especialmente si afectan a la envolvente térmica.


Con el certificado energético se pretende concienciar a los futuros compradores e inquilinos de la importancia de habitar una vivienda más eficiente. Además se quiere fomentar la demanda de inmuebles eficientes desde el punto de vista energético. La intención es que al informar sobre el comportamiento energético de un inmueble, para que se tenga en cuenta que con mejor calificación energética menos gasto en energía, y por lo tanto menores facturas anuales.


El coste del certificado de eficiencia energética no lo marca la normativa. No existen tarifas oficiales para este trabajo. En el comparador de Certicalia puedes consultar presupuestos para el certificado energético de tu inmueble.



El certificado energético lo realiza un técnico certificador competente

Según establece el Real Decreto 390/2021, los técnicos competentes son aquellos en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la redacción de cualquiera de los proyectos de edificación, dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación, según lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, o para la suscripción de certificados de eficiencia energética. Estas titulaciones son: arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico.


A través de :

Inspecciones: la administración autonómica competente realizar la labor inspectora, para velar por su cumplimiento y detectar casos de falseamiento o fraude.

Sanciones: el vendedor o arrendador podrá ser multado por infracción de la normativa y de los derechos de los consumidores.

Reclamaciones: el comprador o inquilino podrá reclamar al vendedoro arrendador por no haber cumplido el deber de información al consumidor.


Si a la entrada en vigor del Real Decreto, el 1 de junio de 2013 ya existía contrato de arrendamiento no es necesario obtener el certificado, así como tampoco en el caso de que el contrato de arrendamiento se renueve al mismo inquilino. Sí que será necesario la obtención del certificado de eficiencia energética en caso de realizar un nuevo contrato.


No, el Real Decreto sólo obliga a la obtención de la calificación energética. El técnico establecerá unas medidas de mejora y reforma, pero dependerá del criterio del propietario el realizarlas o no.



Relativas a la envolvente y a elementos constructivos. Entre ellas podemos encontrar mejoras en fachadas, cubiertas, y huecos, como la sustitución de ventanas y vidrios.

Relativas a los sistemas de climatización. Mejoras en los equipos de climatización y producción de agua caliente sanitaria y, en el caso de edificios terciarios, la iluminación. Por ejemplo la sustitución de calderas por otras de alto rendimiento o condensación.


No. El certificado energético debe estar incluido en la información que el vendedor o arrendador debe facilitar al comprador o inquilino, por lo que este documento debe estar disponible antes de formalizar la operación.


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Licencia turística
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¿Cómo obtener la licencia turística en el municipio de Alcorcón?

En Alcorcón, la obtención de la licencia turística para el alquiler de viviendas de uso turístico requiere seguir una serie de pasos reglamentados por la Comunidad de Madrid, cuyo objetivo es garantizar la calidad y seguridad del servicio. El proceso comienza con la preparación de la documentación necesaria, que incluye:

1. Solicitud oficial cumplimentada.
2. Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento.
3. Certificado de idoneidad de la vivienda, que acredita el cumplimiento de los estándares de habitabilidad y equipamiento.
4. Plano del inmueble.
5. Seguro de responsabilidad civil.

Una vez compilados estos documentos, se procede a su presentación ante la Dirección General de Turismo de la Comunidad de Madrid. Este trámite puede realizarse de manera presencial en sus oficinas, o telemáticamente a través de su sede electrónica, facilitando el proceso a los solicitantes.

El registro no culmina con la presentación de los documentos; la administración tiene que verificar toda la información y, si cumple con la normativa aplicable, se procederá a inscribir la vivienda en el Registro de Empresas Turísticas. Tras la inscripción, se asigna un número de referencia turística que deberá figurar en toda promoción o anuncio del alojamiento.

Es fundamental estar atento a las normativas municipales adicionales que Alcorcón pueda tener respecto al uso turístico de viviendas, para asegurar el total cumplimiento de la ley y evitar posibles sanciones.

¿Cuánto cuesta realizar la licencia turística en el municipio de Alcorcón?

Se han solicitado 1.886 presupuestos de licencia turística en la provincia de Madrid . El precio mínimo son 250€ y el precio máximo son 3000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.

No existen tasas administrativas para registrar una licencia turística en la Comunidad de Madrid.

Te mostramos los precios finales indicados por los profesionales:
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800€
precio medio
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3.000€
precio más alto
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· En Certicalia siempre te indicamos el precio total del Licencia turística con el IVA y las tasas administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.

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