Licencia de apertura
en el municipio de Puente Genil
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¿Cómo obtener la licencia de apertura en el municipio de Puente Genil?
El primer paso para obtener esta licencia es presentar una solicitud en el Ayuntamiento de Puente Genil, en la que se debe incluir el tipo de actividad que se realizará, la dirección del establecimiento y los datos del solicitante.
Una vez presentada la solicitud, se procederá a realizar una inspección técnica del local, para comprobar que cumple con las normativas de seguridad, sanidad y accesibilidad establecidas por la legislación vigente.
Tras la inspección, se emitirá un informe técnico que determinará si el establecimiento cumple con los requisitos necesarios para obtener la licencia. En caso de que haya alguna deficiencia, se le dará al solicitante un plazo determinado para que realice las modificaciones necesarias.
Finalmente, cuando se compruebe que el establecimiento cumple con todas las normativas y requisitos, se otorgará la Licencia de apertura, que permitirá al solicitante comenzar su actividad comercial, industrial o de servicios en el municipio de Puente Genil.
Es importante destacar que el proceso de obtención de esta licencia puede variar dependiendo del tipo de actividad y de las normativas específicas de cada municipio. Es recomendable obtener asesoramiento profesional para llevar a cabo este proceso de manera correcta y eficiente.
¿Cuánto cuesta realizar la licencia de apertura en el municipio de Puente Genil?
Se han solicitado 2.533 presupuestos de licencia de apertura en la comunidad autónoma de Andalucia . El precio mínimo son 200€ y el precio máximo son 9680€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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Licencia de actividad y licencia de apertura son nombres distintos en función de cada normativa municipal para un mismo hecho: autorizar el desarrollo de una actividad en un establecimiento.
- En caso de que se no se ejerza la actividad durante un período mínimo de un año.
- En caso de acumular sanciones municipales que acarreen el cese de actividad.
- En el caso de que, transcurridos más de seis meses desde la finalización de las obras o las instalaciones necesarias para la prestación de servicios o ejercicio de actividades para cuya implantación hubiese sido solicitado mediante licencia de obra, no se hubiese iniciado la actividad.
El coste de iniciar una apertura, que es el mismo que una actividad, depende de varios factores:
- El coste de la disponibilidad del local: compra o alquiler.
- El coste del proyecto o la memoria técnica, necesarios para la tramitación de la licencia de apertura en el Ayuntamiento. Ese importe depende del acuerdo entre el técnico y la persona que inicie la actividad.
- El coste de las tasas municipales, una administrativa por la tramitación, y, en caso de que haya que realizar reformas, el ICIO, que es el 4% del presupuesto de ejecución material de la obra.
No contar con la licencia de apertura o no realizar los trámites adecuados antes de iniciar una actividad puede resultar en sanciones administrativas y el probable cierre del local.
La solicitud de licencia de apertura, junto con el informe o proyecto técnico y toda la información adicional requerida, ha de ser entregada en el ayuntamiento de la localidad en la cual se quiere iniciar la actividad, y dentro de éste en el área urbanística, si la hubiera.
En la mayoría de municipios, también es posible gestionar este trámite de manera telemática.
La licencia de apertura no caduca con el tiempo, pero sí puede hacerlo si se modifican aspectos que conciernen a la actividad o al propio local donde se ejerce ésta.
Así, las situaciones más comunes a la hora de renovar una licencia de apertura son las siguientes:
- Cuando haya modificaciones en el local que afecten a su estructura, superficie total o distribución.
- Cuando haya un cambio en la actividad por la que se obtuvo la licencia de apertura.
- Cuando se traspase la actividad de un local a otro.
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