Convertir local en vivienda
en el municipio de Guardamar del Segura
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¿Cómo obtener la convertir local en vivienda en el municipio de Guardamar del Segura?
El primer paso para convertir un local en vivienda es obtener la licencia correspondiente por parte del Ayuntamiento. Para ello, es necesario presentar un proyecto técnico que cumpla con todas las normativas vigentes en cuanto a seguridad, salubridad y habitabilidad. Además, es importante tener en cuenta que la conversión debe ser compatible con el planeamiento urbanístico del municipio.
Una vez obtenida la licencia, se puede proceder a realizar las reformas necesarias para convertir el local en una vivienda. Esto incluye tareas como la redistribución de espacios, la instalación de sistemas de ventilación y calefacción, la adaptación de los accesos, entre otros.
Una vez finalizadas las obras, se debe realizar el trámite de registro de la vivienda en el Registro de la Propiedad. Para ello, se deben presentar los documentos correspondientes, como el certificado final de obras, el informe técnico de habitabilidad y el certificado energético.
En resumen, convertir un local en vivienda en Guardamar del Segura requiere de un proceso que involucra obtener la licencia correspondiente, realizar las reformas necesarias y registrar la vivienda. Esta posibilidad permite aprovechar los espacios infrautilizados y contribuir al desarrollo urbano y económico del municipio.
¿Cuánto cuesta realizar la convertir local en vivienda en el municipio de Guardamar del Segura?
Se han solicitado 792 presupuestos de convertir local en vivienda en la comunidad autónoma de Comunidad Valenciana . El precio mínimo son 300€ y el precio máximo son 4000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
Las tasas administrativas en Comunidad Valenciana dependen de cada ayuntamiento.
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización
y tamaño de la vivienda o inmueble.
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Existen una serie de requisitos que se deben cumplir para poder legalizar una obra ya construida:
- El suelo deber ser urbano. Esto suele ser bastante habitual.
- No se debe superar el número máximo de viviendas permitidas de ese suelo.
- La vivienda deberá cumplir el Código Técnico de la Edificación (CTE). Podemos encontrar dificultad en cumplir algunos aspectos como accesibilidad, salubridad, etc.
- La vivienda debe ser habitable. Esta normativa depende de la Comunidad Autónoma en la que estemos. Un problema típico en la conversión de local a vivienda es que la normativa suele requerir una ventana por cada habitación dentro de una vivienda. Y en los locales puede ser complicado abrir ventanas.
- Se deben cumplir los estatutos de la comunidad de propietarios. Si está prohibido, no podríamos llevar a cabo el cambio de uso. Si no, tendríamos que pedir permiso a los vecinos.
1. El propietario contacta con un arquitecto o arquitecto técnico.2. El técnico comprueba si se puede hacer el cambio de local a vivienda.3. Si se puede realizar el cambio, el arquitecto redactará el proyecto técnico.4. Pago de tasas y solicitud de Licencia de obra mayor, si es necesario.5. Resolución y notificación del ayuntamiento. Realización de las obras si son necesarias.6. Registrar la propiedad como vivienda.7. Al recibir la licencia de obra mayor, se recibe también la Cédula de habitabilidad o Licencia de primera ocupación.
La documentación será la misma que la de una Licencia de obra mayor:
- Instancia normalizado.
- Fotocopia del DNI/CIF.
- Acreditación de representación si el interesado delega en el técnico para entregar la documentación.
- Justificante acreditativo de haber realizado el ingreso previo de la tasa correspondiente.
- Hoja Estadística de edificación y vivienda.
- Proyecto técnico realizado por técnico competente y visado del Colegio Oficial correspondiente.
Normativa urbanística: depende del municipio. Se puede consultar el Plan General de Ordenación Urbanística del municipio.Código Técnico de la Edificación (CTE)
Se pueden perseguir dos fines: Quiero usar mi local como vivienda: no es legal habitar un local comercial, por tanto necesitaré el cambio de uso de local a vivienda para que sea legal. Uno de los inconvenientes de obviar este trámite es no poderte empadronar ahí porque una persona no se puede empadronar en un local. También, para dar de alta los suministros será necesario que disponga de cédula de habitabilidad, que al ser local, carece de ella. Quiero vender o alquilar mi local pero como vivienda: vender o alquilar una vivienda puede resultar más fácil que hacerlo con un local, además de sacar más beneficio económico. Si quiero vender el local como vivienda necesitaré este trámite.
Al tratarse habitualmente de una obra nueva, habrá que pedir la licencia de obra en el área de urbanismo del ayuntamiento donde se encuentre el local que se desea adaptar.
La solicitud del trámite puede hacerla el propietario, pero para presentarla se necesita un proyecto técnico que debe ser realizado por un técnico competente y colegiado.
La cédula de habitabilidad es el documento que acredita que una vivienda está en las condiciones necesarias para ser habitada. Accediendo a nuestra página de Cédula de Habitabilidad encontrarás información sobre cómo conseguir la cédula de habitabilidad de un local, cuánto cuesta, cuánto dura y mucho más.