El trámite de la concesión de agua para riego
La solicitud de la concesión es un trámite que debes hacer tú como titular de la parcela, aunque puedes delegarlo en terceras personas.
La concesión de agua para riego puede ser para aguas superficiales o para aguas subterráneas. Son dos solicitudes diferentes pero con trámites muy similares, si no iguales. Sin embargo, elegir entre una fuente u otra no es algo arbitrario.
Una vez el ingeniero agrónomo ha realizado el estudio de necesidades hídricas de tu parcela, deberás conocer su situación de abastecimiento. Si puedes asegurarte el abastecimiento con aguas superficiales, entonces podrás pedir los permisos pertinentes a la comunidad de regantes que por localización te corresponda. Si no existe tal comunidad de regantes o necesitas una concesión de aguas subterraneas, entonces deberás realizar otros trámites.
Cada organismo de cuenca autonómico y cada Confederación Hidrográfica pueden determinar el contenido de la solicitud de una manera diferente, aunque sí hay una documentación genérica que, con ciertas diferencias, puedes esperar encontrarte:
- Datos personales del titular. Tu nombre, dirección postal o de notificación administrativa y DNI o CIF.
- Documentación acreditativa de la propiedad de la finca en la que encuentre la captación, y de la parcela que se va a regar.
- Datos catastrales. Situación de la finca, así como el número de polígono catastral donde se va a regar. Indicaciones de los términos municipales y provinciales en los que realizará la toma y la obra.
- Cauce en cuya zona de policía o terrenos, o acuífero, se situará la captación de aguas.
- Caudal de agua solicitado (generalmente, el caudal medio del mes de consumo máximo).
- Estudio de impacto ambiental.
- Estudio agronómico.
El tipo de solicitud según el caudal
La concesión también depende del caudal que vayas a solicitar. A más caudal, más exigencias. Una vez más, cada organismo de cuenca determinará los requisitos que deben cumplirse en su territorio.
- Para caudales de hasta 4 l/s. Se te podría solicitar:
- Memoria explicativa, en la que señalarás el objeto de tu solicitud, la situación, la duración de posibles obras y su proceso, la situación de la canalización, etc.
- Justificación de las necesidades hídricas.
- Planos y croquis de la explotación y la obra.
- Sistemas de control de caudal que se utilizarán.
- Para caudales de entre 4 y 8 l/s.
- Proyecto, elaborado por un técnico competente, que defina las obras a ejecutar.
- Informe técnico de la perforación, que se te podría requerir en caso de ser aguas subterráneas.
- Para caudales de más de 8 l/s. Estas son obras mayores, y se trataría de un trámite de competencia de proyectos. Deberás presentar un proyecto, pero el organismo de cuenca abrirá de todas formas un plazo de recepción de otros interesados en la obra.
Coste
El coste de la concesión dependerá de las tasas de la comunidad de regantes, y de las tasas administrativas. También depende de la cantidad de agua solicitada. Además, en algunos casos la Administración requiere una fianza del porcentaje del presupuesto de ejecución de la obra que tengas que realizar.
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