Boletín de agua
en el municipio de Puerto de la Cruz
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¿Cómo obtener el boletín de agua en el municipio de Puerto de la Cruz?
El proceso de registro del Boletín de Agua se realiza a través de la empresa municipal encargada del suministro, la cual se encarga de asegurar que cada vivienda cumple con los requisitos necesarios para obtener el servicio de agua potable.
Para obtener el Boletín de Agua, el propietario de la vivienda debe presentar una serie de documentos, como la escritura de la propiedad, el certificado de empadronamiento y el certificado de instalación de agua potable. Estos documentos son necesarios para verificar la titularidad de la vivienda y la correcta instalación del sistema de agua potable.
Una vez presentada toda la documentación requerida, se realiza una inspección en la vivienda para comprobar que cumple con las condiciones necesarias para recibir el servicio de agua potable. Una vez aprobada la inspección, se emite el Boletín de Agua, el cual tiene una validez determinada que debe ser renovada periódicamente.
En resumen, obtener el Boletín de Agua en el municipio de Puerto de la Cruz es un proceso fundamental para garantizar el suministro de agua potable en cada vivienda. El registro implica la presentación de documentos y una inspección para asegurar la correcta instalación del sistema de agua potable.
¿Cuánto cuesta realizar el boletín de agua en el municipio de Puerto de la Cruz?
Se han solicitado 1.011 presupuestos de boletín de agua. El precio mínimo son 50€ y el precio máximo son 1230€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización
y tamaño de la vivienda o inmueble.
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Para contratar el suministro en viviendas y locales de primera ocupación o tras solicitar una independización de contadores. También en comunidades de vecinos para contratar agua de garajes, zonas comunes y jardines.
Dependerá de cada empresa suministradora y de los requisitos autonómicos pero, en general, se solicita:
- Documento de identificación del titular.
- Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento.
- Licencia de ocupación del edificio.
- Cédula de habitabilidad o Declaración responsable.
- Boletín de instalación.
- Autorización para domiciliación bancaria, en su caso.
- Abono de tasas.
Dependerá de cada empresa suministradora, en general, se solicita:
- Documento de identificación del titular.
- Autorización para domiciliación bancaria, en su caso.
- Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento.
- Lectura del contador.
Dependerá de cada empresa suministradora y de los requisitos autonómicos pero, en general, coincidirá con la documentación reseñada para las altas y cambios en vivienda más la licencia de actividad del local.