Boletín de agua
en el municipio de Sant Lluís
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¿Cómo obtener el boletín de agua en el municipio de Sant Lluís?
El primer paso para obtener el boletín de agua es dirigirse a la empresa suministradora de agua del municipio. En Sant Lluís, este servicio está a cargo de la empresa municipal EMAYA. Allí, se debe solicitar el alta del servicio y proporcionar la documentación requerida, que incluye la escritura de la propiedad, el DNI del titular y un certificado de habitabilidad en el caso de viviendas de nueva construcción.
Una vez entregada la documentación, se procederá a realizar la instalación del contador de agua en el inmueble. Este trámite será llevado a cabo por personal técnico de EMAYA, quienes verificarán que la instalación cumpla con todas las normativas de calidad y seguridad.
Una vez realizada la instalación, se procederá a la lectura inicial del contador y se entregará al titular el boletín de agua, que certifica que el suministro ha sido realizado correctamente.
En resumen, obtener el boletín de agua en el municipio de Sant Lluís requiere de la solicitud del alta del servicio a EMAYA, la entrega de la documentación requerida y la instalación del contador. Una vez finalizado el proceso, se obtendrá el boletín de agua que certifica el suministro de agua potable en el inmueble.
¿Cuánto cuesta realizar el boletín de agua en el municipio de Sant Lluís?
Se han solicitado 127 presupuestos de boletín de agua. El precio mínimo son 50€ y el precio máximo son 1500€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización
y tamaño de la vivienda o inmueble.
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Para contratar el suministro en viviendas y locales de primera ocupación o tras solicitar una independización de contadores. También en comunidades de vecinos para contratar agua de garajes, zonas comunes y jardines.
Dependerá de cada empresa suministradora y de los requisitos autonómicos pero, en general, se solicita:
- Documento de identificación del titular.
- Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento.
- Licencia de ocupación del edificio.
- Cédula de habitabilidad o Declaración responsable.
- Boletín de instalación.
- Autorización para domiciliación bancaria, en su caso.
- Abono de tasas.
Dependerá de cada empresa suministradora, en general, se solicita:
- Documento de identificación del titular.
- Autorización para domiciliación bancaria, en su caso.
- Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento.
- Lectura del contador.
Dependerá de cada empresa suministradora y de los requisitos autonómicos pero, en general, coincidirá con la documentación reseñada para las altas y cambios en vivienda más la licencia de actividad del local.
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